ADUANAS-DNOA-004-2022
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16 marzo, 2022
DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA No. ADUANAS-DNOA-004-2022
12 Enero del 2022
Mediante el DECRETO No. 110-2021, de Poder Legislativo, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 29 de diciembre del 2021, se decretó habilitar los días y reanudar todos los plazos legales en materia tributaria que se encontraban suspendidos ante Ia Administración Aduanera de Honduras por disposición del Decreto No. 33.2020.
En virtud de lo anterior, quedan sin valor y efecto las medidas aduaneras adoptadas para la gestión de la crisis sanitaria ante el COVID-19, comunicadas en el Anexo No. 1 del Acuerdo No. ADUANAS-DE-025-2020 de bcha 16 de maÍzo del2020 y de conformidad al numeral NOVENO de dicho Acuerdo, se otorga un plazo de treinta (30) días hábiles, a partir del 01 de enero del2022, para que los Agentes Aduaneros procedan a entregar a Ia Administración de la Aduana respectiva, los documentos físicos originales que respaldan la (DUCA) y que quedaron bajo la custodia del Agente Aduanero, por haber sometido el despacho de la mercancía a la disposición contenida en el apartado Octavo del precitado Acuerdo; el incumplimiento de lo anterior será objeto de sanción por parte de la Administración Aduanera de Honduras de conformidad a lo establecido en el Articulo 160 numeral 6) del Código Tributario. Asimismo, a partir de la fecha dejar sin valor y efecto la DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA No. ADUANAS-DNOA-004-2021 de fecha 13 de enero de 2021.