ADUANAS-DNOA-208-2022- Vigencia de ley Ausencia
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14 diciembre, 2022
En aplicación a lo establecido en el ACUERDO NÚMERO 819-2021; publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 26 de noviembre de 2021, aprueba el Reglamento a las Disposiciones Contenidas en el Decreto No. 185-86 que Regula el Periodo del Hondureño en el Extranjero "Ley del Hondureño Ausente"; estableciendo que durante el periodo del 15 de noviembre al 15 de enero de cada año las hondureñas y hondureños por nacimiento e hijos y residentes de forma permanente en el extranjero por más de un (1), podrán ingresar a través de las Guardaturas Aéreas, Administraciones de Aduana Terrestres así como en los Puestos Fronterizos Integrados de la Administración Aduanera de Honduras, fibres de impuestos según el listado conformidad a lo anterior se ha creado la ventaia 010 asociada a lá declaración de oficio cancele o no el manifiesto; asimismo debiendo carga las imágenes de los documentos indicados en los literales b), c) y d) del Artículo 5 del precitado Acuerdo. En el caso que se trate de equipaje no acompañado, solo se podrá gozar del beneficio si el mismo ingresa dentro de los diez (10) contados a partir de la fecha
de ingreso del viajero.