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CERTIFICACIÓN No. 007-2025,- Acuerdo Ministerial N°. SAG-06-2025 (Panulirus argus)
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13 marzo, 2025
Se declara periodo de veda para la pesquería de Langosta
Espinosa (Panulirus argus), bajo los métodos de pesca (nasa
buzo) a partir de las 00:00 horas del día uno (01) de marzo
hasta las 23:59 horas del día treinta (30) de junio del 2025.
Los armadores o capitanes de embarcaciones langosteras al
finalizar el periodo de pesca y previo al atraque de los barcos
en puerto o bases de operación, deberán notificar 48 horas
antes de su llegada al inspector de pesca a fin de que este
proceda a realizar el inventario de los aparejos de pesca que
vengan a bordo, verificando el cumplimiento del Acuerdo
Ministerial SAG-105-2024 y el Reglamento Regional OSP
02-09.