CIRCULAR 004-2023-Solicitud de inscripción para solicitud de ofertas
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5 marzo, 2023
se recuerda que de conformidad con lo ordenado en el artículo 36 de la Ley de Contratación del Estado "La falta de inscripción no será obstáculo para presentar ofertas en estos casos. el oferente deberá presentar con su propuesta los documentos que acrediten su personalidad, representación y su solvencia e idoneidad para contratar con la Administración y previamente solicitará su inscripción a la Oficina Normativa. En todo caso, el oferente tendrá que acreditar su inscripción antes de que se le adjudique un contrato"; complementándose con lo establecido en el artículo 57 de su Reglamento, relativo a la Falta de Inscripción, en el que manda que "La solicitud de inscripción deberá realizarse a más tardar el día calendario anterior a la fecha prevista para la presentación de la oferta. quedando condicionada su participación a la inscripción. la cual será necesaria a los efectos de la adjudicación del contrato". "Lo dispuesto en este artículo no excluye la precalificación de los contratistas, en los casos en que fuere requerida de acuerdo con la Ley y el Reglamento.