COMUNICADO COHEP -Semana Santa
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20 marzo, 2023
A la comunidad empresarial, a la clase trabajadora y a la sociedad hondureña en general hace saber que, de conformidad a lo establecido en el artículo 339 del Código del Trabajo, los días feriados que corresponden a los empleadores conceder y pagar en Semana Santa correspondiente al año 2023 son: Jueves 06, viernes 07 y sábado 08 de abril. En atención al viernes 14 de abril, este día es feriado nacional conforme al mismo artículo 339 del Código de Trabajo, mismo que de conformidad al artículo 1 del Decreto No. 50-2003 que establece: "Los días de feriado nacional que cayeren en días laborales se trasladan para su goce al lunes de la siguiente semana", por lo que el Sector Productivo Generador de Empleo debe conceder este feriado para su goce al lunes 17 de abril; en caso de que un trabajador conforme lo establecido en el artículo 340 del Código del
Trabajo, convenga con su empleador laborar durante los días de feriado de Semana Santa o el día que se conceda feriado por el 14 de abril, este último está en la obligación de pagar esos días con el duplo del salario correspondiente a la jornada ordinaria, en proporción al tiempo trabajado. En caso de haber suscrito con sus trabajadores contratos o pactos colectivos de trabajo que estipulen condiciones distintas a las señaladas anteriormente, todo empleador esta en la obligación de reconocer lo establecido en dichos convenios.