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COMUNICADO,-Créditos por retenciones en el período fiscal a proveedores de las Instituciones del Estado
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12 diciembre, 2024
Comunica a los proveedores de las Instituciones del Estado que deben hacer uso de sus créditos por retenciones en el período fiscal en que se les extendió el Comprobante de Retención o, en su defecto, en el período en que se concilió el Formulario F01. Lo anterior se debe a que se ha detectado el uso de créditos por retenciones en las declaraciones sin contar con el debido Comprobante de Retención o el FO1 en estado "Conciliado". Por consiguiente, se aclara que deben hacer uso de sus créditos por retenciones solo cuando el tributo retenido esté debidamente informado y pagado por la Institución del Estado.