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COMUNICADO,-Registrar de manera anticipada y de forma obligatoria la documentación requerida para la exportacion de animales vivos
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4 julio, 2024
Se informa que a partir de la fecha según notificación emitida por Aduanas, tendrán que registrar en la Aduana de Salida de manera anticipada y de forma obligatoria la documentación requerida para las exportaciones, incluyendo el certificado fitosanitario o zoosanitario de exportación emitido por el SENASA, previo a la llegada del medio de transporte al Pre-gate del Depósito Temporal. Los procedimientos para la emisión de los Certificados de Exportación con fundamento legal en el Reglamento de Cuarentena Agropecuaria (Acuerdo C.D. SENASA- 001.2023); Capitulo II, Articulo No. 18 y 19, continúan procesándose y emitiéndose de la misma manera y sugiere a los exportadores a realizar las gestiones para su obtención en tiempo y forma.