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DECRETO No. 88-2024,-COMPENSACIÓN ECONÓMICA PROVISIONAL DEL PASAJE A LOS USUARIOS
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27 octubre, 2024
Ampliar el período del pago de la COMPENSACIÓN ECONÓMICA
PROVISIONAL DEL PASAJE A LOS USUARIOS, con el objeto de evitar un
incremento de las tarifas en perjuicio de los usuarios del Servicio de Transporte Público en la modalidad de bus urbano. El pago de la compensación económica debe ser efectuado a los concesionarios
que prestan el servicio de transporte público de personas en la modalidad
de bus urbano a nivel nacional, a razón de TRES LEMPIRAS (L.3.00) por
pasajero transportado y hasta un máximo de UN MIL OCHENTA LEMPIRAS (L.1,080.00), por unidad y por día trabajado, reconociendo un máximo de hasta veintiséis (26) días trabajados por mes, correspondiente al período que comprende del 1 de Marzo al 30 de 2024