DL-128-2021
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17 marzo, 2022
1. VIERNES 31 DE DICIEMBRE DEL 2021. NUM. 35,811
Poder Legislativo DECRETO No. 128-2021. Ampliar la vigencia del otorgamiento de Subsidios de Gas Licuado del Petróleo para las presentaciones de cilindros con capacidad de diez (10), veinte (20) y veinticinco (25) libras, de uso doméstico; así como en caso de ser necesario se otorgue subsidio a los precios de los combustibles, ambos aprobados mediante Decreto Legislativo No.85- 2021, Artículos No.2 y No.4, hasta el 27 de Enero del 2022. Así mismo se les da continuidad a las facultades otorgadas a la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN) y Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) mediante el Decreto Legislativo en mención. El impacto presupuestario para financiar los subsidios enunciados en el párrafo anterior, podrá ser imputado afectando el Presupuesto del Ejercicio Fiscal 2021, por lo que autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) y Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN) a realizar las operaciones presupuestarias y financieras necesarias a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto, así también como la aplicación del Artículo No.3 del Decreto Legislativo No.18- 2021. (pág. 16-18)