DL-68-2021
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28 marzo, 2022
JUEVES 26 DE AGOSTO DEL 2021. NUM. 35,699
Poder Legislativo DECRETO No. 68-2021,-Reformar el Artículo 2 del Decreto No.32-2021, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 15 de Junio de 2021, bajo la Edición No.35,628 el cual de ahora en adelante se leerá de la manera siguiente: “ARTÍCULO 2.- Por tener la consideración de extraterritorialidad, para fines fiscales y aduaneros, a las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE) se les considerará Zonas Francas. Las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE) se consideran proyectos de interés nacional. Las autoridades aduaneras deben otorgar a las exportaciones que las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE) realicen, así como las importaciones cuyo destino sea una Zona de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE), el mismo tratamiento que se otorga a la mercadería en tránsito internacional. (pág. 1-3)