DL-99-2021
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17 marzo, 2022
VIERNES 24 DE DICIEMBRE DEL 2021. NUM. 35,806
1. Poder Legislativo DECRETO No. 99-2021
· Condonar de manera total la deuda contraída por el Patronato Pro mejoramiento de la ALDEA LA CRIBA, municipio de San Lorenzo, departamento de Valle, por un monto de SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTITRÉS LEMPIRAS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS (L.674,323.68), adquirida con la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE)/ Empresa de Energía Honduras (EEH), la que debe ser condonada hasta el mes de noviembre del año 2021, debiendo condonarse también todas las obligaciones accesorias como son intereses, multas o recargos que se desprendan de la obligación principal.
· Condonar a la comunidad de EL ROSARIO, del municipio de Nacaome, departamento de Valle del pago de una deuda que la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE)/ Empresa Energía Honduras (EEH) tienen registrada bajo el número clave 1974125 y que registra un saldo por mora por la suma de SEISCIENTOS TRECE MIL SETENTA Y DOS LEMPIRAS CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS (L.613,072.76), por concepto de suministro de energía eléctrica.
· Condonar a la comunidad de El Rosario, del municipio de Nacaome, departamento de Valle del pago de una deuda que la Empresa Nacional de Energía Eléctrica ENEE/Empresa Energía Honduras (EEH) tienen registrada bajo el número de código de cliente 995152 a nombre de la Junta Directiva de la comunidad de El Rosario, que registra un saldo de NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS 5 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 24 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,806 LEMPIRAS CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS (L.96,962.85), por concepto de suministro de energía eléctrica. Debiendo condonarse también todas las obligaciones accesorias como son intereses, multas o recargos que se desprendan de dicha obligación.
· Condonar el monto de SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA LEMPIRAS (L.696,530.00), por concepto de publicación de leyes a cargo del Congreso Nacional de la República ante la Empresa Nacional de Artes Gráficas (ENAG) en el período comprendido entre el primero de enero del año 2002 y la fecha de publicación del presente Decreto Legislativo.
· Ordenar al Poder Ejecutivo por medio de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (PGR), la Tradición de Dominio a título de donación de un inmueble, ubicado en la comunidad de LA CAUCARA, en el municipio de San Lorenzo, en el departamento de Valle, el cual tiene una extensión de DOS (2) MANZANAS de terreno que actuablemente es propiedad de la EMPRESA NACIONAL PORTUARIA (ENP), el cual, a partir de esta fecha debe pasar a nombre de la comunidad de La Caucara, en el municipio de San Lorenzo, departamento de Valle.
· Conceder, hasta el 28 de diciembre del año 2021, Amnistía Tributaria Municipal en todas las municipalidades del país, en el pago de las multas, recargos, intereses sobre las deudas, sobretasas y cualquier otro tipo de recargos ocasionados por mora, que vía administrativo o judicial esté acumulada a la fecha de publicación del presente Decreto, en el pago de todos los tributos, tasas y contribuciones municipales; las personas naturales o jurídicas pueden enterar el pago de sus tributos libres de cargos por mora en el período de vigencia de la presente Amnistía de conformidad con lo establecido en la misma, pudiendo la Municipalidad establecer planes de pago fuera del período de vigencia de este Artículo. Para lograr el saneamiento y recuperación de las finanzas municipales a nivel nacional, se aplicará la amnistía, o un descuento y amnistía de un veinte por ciento (20%) (pág. 1-7)