PCM-09-2022
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16 mayo, 2022
MARTES 10 DE MAYO DEL 2022. NUM. 35,919
1. Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-09-2022,- Instruir a las Secretarías de Estado e Instituciones desconcentradas; a los Presidentes y miembros directivos de las instituciones descentralizadas que representan al Gobierno, y a las instituciones financieras estatales para que procedan a realizar la rescisión y liquidación de los contratos o convenios de fideicomisos suscritos por las instituciones que representan con base a Decretos Ejecutivos. Las disponibilidades inmediatas (efectivo), inversiones en títulos valores en el país o en el exterior, así como los rendimientos financieros, deben ser transferidos a la CUENTA ÚNICA DE LA TESORERÍA GENERAL dependiente de la Secretaría de Finanzas, en cumplimiento de los artículos 362 y 363 de la Constitución de la República que ordenan, que todos los ingresos y egresos fiscales constarán en el Presupuesto General de la República y constituirán un solo fondo. Los bancos Fiduciarios deberán realizar las liquidaciones pertinentes de acuerdo a las instrucciones que giren los Fideicomitentes. Cada institución solicitará a la Secretaría de Finanzas la incorporación de los recursos en sus presupuestos, para cumplir con las obligaciones contractuales generadas por los fideicomisos. (pág. 21-31)