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RESOLUCIÓN No.51-2/2023-Tasa de interés (15.81%) créditos por insuficiencias temporales
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5 marzo, 2023
Establecer la tasa de interés en quince punto ochenta y uno por ciento (15.81% )para atender créditos por insuficiencias temporales de liquidez que soliciten los bancos y las sociedades financieras, aplicable a partir del 2 de febrero de 2023.