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Tax and Legal News -
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8 noviembre, 2023
Considerando que existen empresas extranjeras que están ofreciendo
servicios en el rubro de contratación de pólizas de seguros y fianzas
con entidades aseguradoras extranjeras por medio de intermediarios
de seguros y fianzas domiciliados en Honduras. La Ley de Instituciones de Seguros y Reaseguros en el artículo 122 numeral 9, establece la prohibición de contratar seguros o fianzas en Honduras sobre bienes, personas o intereses en el territorio hondureño con instituciones de seguros extranjeros que no gozan con una autorización por el Banco Central de Honduras.