RESUMEN DE GACETA LUNES 11 DE DICIEMBRE DEL 2023. NUM. 36,406
LUNES 11 DE DICIEMBRE DEL 2023. NUM. 36,406
SECCIÓN ¨A¨
1.Poder Ejecutivo
-ACUERDO EJECUTIVO No. 041-2023,- Otorgar ascenso al grado inmediato superior al personal del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República así: de Mayor de Bomberos a Teniente Coronel de Bomberos. (pág. 1-2)
-ACUERDO EJECUTIVO No. 195-2023,- Nombrar a la ciudadana Sandra Antonia Zambrano Munguía, en el cargo de Directora General de Adultos Mayor, adscrita a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social (SEDESOL). (pág. 3)
-ACUERDO EJECUTIVO No. 241-2023,- Nombrar a la ciudadana María Felicita López, en el cargo de Directora General de Pueblos Originarios y Afrohondureños, adscrita a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social (SEDESOL). (pág. 4)
-ACUERDO EJECUTIVO No. 249-2023,- Cancelar a la ciudadana Anabel Gallardo Ponce, como Miembro de Asamblea de Gobernadores Ad honorem, en representación del Sector Agropecuario ante el Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI), a quien se le agradece por los servicios prestados (pág. 4)
SECCIÓN ¨B¨
1.JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSO
-AVISO,-Hace saber que en fecha treinta (30) de agosto del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el Abogado Wilson Venancio Laínez Sánchez, actuando en su condición de representante procesal de las señoras: 1) Linda Katterine Chinchilla Carías, 2) Emar Alejandra Gómez Gómez, 3) Rita Emilia Flores Carbajal, 4) Karla Elizabeth Aguilera Mondragón, 5) Lourdes Lisseth García Reyes, 6) Yessica Aracely Maradiaga Mejía; y, 7) Dinora Nohemy Oseguera Solano, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras, a través de la Dirección General de Servicio Civil. (pág. 1)
-AVISO,-Hace saber que en fecha cho (08) de noviembre del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el señor CARLOS HUMBERTO PEREZ ANDINO, interponiendo demanda contencioso administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2022-01816, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, para que se declare nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. 459-2022 de fecha 03 de octubre del año 2022, por no ser conforme a derecho su emisión, que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada, que se dicten las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos. (pág.1)
-AVISO,-Hace saber que en fecha a 11 de octubre del año 2023 comparece el Abogado Harold Eduardo Pacheco López, representante procesal de la señora Nohelia Eloísa Banegas Iscoa, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-01106, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, incoando demanda especial para la nulidad de un acto administrativo en materia de personal.(pág. 2)
-AVISO,-Hace saber que en fecha 30 de enero del año 2023 comparece el abogado Javier Ernesto Gómez Diaz, representante procesal del señor Fabiel Obed Rivera Suazo interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 0801-2023- 00200, contra la Administración Aduanera de Honduras, incoando demanda especial en materia de personal para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo consistente en el acuerdo de cancelación número Aduanas-DE-GNGTH-003-2023 de fecha nueve (9) de enero del año dos mil veintitrés (2023), emitido por la Dirección Ejecutiva de la Administración Aduanera de Honduras, por no ser conforme a derecho, infringiendo el ordenamiento jurídico vigente.(pág. 2)
-AVISO,-Hace saber que en fecha 27 de octubre del año 2023 el señor Kenny Fernando Portillo Medina interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 0801-2023-01161, contra el Estado de Honduras a través de la Administración Aduanera de Honduras, incoando demanda especial en materia de personal para que se declare no ser conforme a derecho y en su caso se declare nulo un acto de carácter particular. (pág. 2)
-AVISO,-Hace saber que en fecha catorce (14) de diciembre del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el señor LUIS DANIEL ARGUETA OLIVA, incoando demanda contencioso administrativa en materia personal con orden de ingreso número 0801-2022-01984, en contra del Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en los DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS, para que se declare”. Declarar la ilegalidad del mismo por infringir el ordenamiento jurídico por exceso y desviación de poder. (pág. 5)
-AVISO,- Hace saber que en fecha veintiséis (26) de octubre de dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el Abogado HERMES FAUSTINO RAMIREZ AVILA apoderado legal del señor RICARDO LUIS SALGADO ARAUJO interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2022-01747.- Demanda en Materia de personal en contra del Estado de Honduras a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional.- Se interpone demanda contencioso Administrativo en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en un Acuerdo de Cancelación No.567-SRH-2022 de un servidor del servicio exterior en la categoría de Vicecónsul de la representación consular de Honduras.(pág. 7)
-AVISO,- Hace saber que en fecha 4 de agosto del año 2023, compareció el Abogado HERMES FAUSTINO RAMÍREZ ÁVILA, actuando en su condición de Representante Procesal del señor ANDRES ALBERTO COELLO RODRIGUEZ, interponiendo demanda ante este Juzgado, en Materia de Personal, con orden de ingreso No.0801-2023-00865, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la SECRETARIA DE SALUD.(pág. 7)
-AVISO,- Hace saber que en fecha veinte (20) de septiembre del dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el señor ALEX MARVIN RODRIGUEZ RIVERA, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2022-01454, contra el Estado de Honduras a través de la COMISIÓN TÉCNICA LIQUIDADORA DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP), AHORA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT).(pág. 7)
-AVISO,- Hace saber que en fecha veinte (20) de julio del año dos mil veintitrés (2023), interpuso demanda ante este Juzgado el Abogado Walter Enrique Pineda Paredes, Representante Procesal de la señora Escarleth Alejandra Pineda Padilla, con orden de ingreso número 0801-2023-00784, contra el Instituto Nacional de Migración, incoando demanda en materia de personal para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho. (pág. 8)
-AVISO,- Hace saber que en fechavveintiseís (26) de julio del años dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el señor Gerson Adrián Velasquez Reyes, incoando demanda vía procedimeinto especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, con orden de ingreso No. 0801- 2023-00819, se interpone demanda para que se declare las nulidad de un acto particular de la administración pública, consistente en el ACUERDO NÚMERO 1336-2023, de fecha 20 de julio del 2023, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. (pág. 8)
-AVISO,- Hace saber que en fecha 09 de noviembre del año 2023, el Raúl Manuel Navarro Osorio interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-01222, contra el Estado de Honduras, a través de la Administración Nacional de Servicio Nacional, incoando demanda en materia de personal, para que se declare no ser conforme a derecho y se anule el acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo No.ansec-52-2023, de fecha treinta y uno (31) de octubre de dos mil veintitrés (2023) y notificado en esa misma fecha con efectividad a partir del primero (01) de noviembre del dos mil veintitrés (2023), emitido por el Secretario Ejecutivo de la administración nacional de Servicio Civil.(pág. 8)
2.SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS,-REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES (8) (pág. 3) (pág. 4) (pág. 6) (pág. 10)
3.CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN,-AVISO DE HERENCIA (pág. 5)
4.SOCIEDAD MERCANTIL “BANCO DAVIVIENDA HONDURAS, SOCIEDAD ANONIMA,- AVISO POR AUMENTO DE CAPITAL (pág. 5)
4.INSTITUTO DE LA PROPIEDAD,- Declarar CON LUGAR, la acción de cancelación por no uso del registro No.132633 de la marca denominada “MEBLOQ” clase internacional (5) a favor de la Sociedad Mercantil LUVECK MEDICAL CORPORATION.; acción presentada por la abogada MARIA LOURDES PERALTA, en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil denominada PROFARMACO S,A., en virtud: Que según estudio realizado en la base de datos y libros de registro que para tal efecto lleva esta Oficina, la marca de fábrica “MEBLOQ” clase internacional (5). vigente hasta el 21 de abril del 2025. No ha pagado la tasa anual de mantenimiento ni ha sido rehabilitada por su propietario en el presente caso la sociedad titular de la marca objeto de la presente acción de cancelación no demostró que la marca estuvo o está en uso en el mercado o en los sectores pertinentes en los cuales se comercializan los productos, por lo tanto no le interesa conservar su marca. (pág. 9)
5.(SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACION,- Declarar CON LUGAR la solicitud de INSCRIPCIÓN DE CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN EXCLUSIVO, presentada por la abogada ALEYDA SUYAPA BARAHONA BORJAS, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el número 4977, quien actúa en su condición de apoderada legal de la Sociedad Mercantil DIMEX MEDICA, S.A. DE C.V., con número de RTN: 08019001262611, con domicilio legal, en Barrio San Felipe, calle Bustamante y Rivero casa No. 3002, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, como concesionaria de la empresa concedente ANTONIO MATACHANA, S.A., de nacionalidad española, en virtud que cumple con todos los requisitos establecidos por la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras y su Reglamento. (pág. 11)
6.JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN,-REPOSICIÓN Y CANCELACIÓN DE TÍTULO VALOR (pág. 11)
7.REGISTRO DE MARCAS (50) (pág. 12-24)
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