RESUMEN DE GACETA MIERCOLES 14 DE FEBRERO DEL 2024 NUM. 36,460
MIERCOLES 14 DE FEBRERO DEL 2024 NUM. 36,460 SECCIÓN ¨A¨
1.Poder Legislativo
-DECRETO No. 59-2023,- Reformar por adición los artículos 3 y 30 del Decreto No.199-2006, de fecha 15 de Enero de 2007, contentivo de la LEY INTEGRAL DE PROTECCIÓN AL ADULTO MAYOR Y JUBILADOS, y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 21 de Julio del 2007, bajo la Edición No. 31,361. (pág. 1-5)
-DECRETO No. 63-2023,- ASCENDER al Grado de Mayor o su equivalente de las Armas, Cuerpos y Servicios a cincuenta y tres (53) señores Oficiales con el Grado de Capitán o su equivalente de las Armas, Cuerpos y Servicios, (pág. 1-15)
-DECRETO No. 5-2024,- A M N I S T Í A T R I B U T A R I A MUNICIPAL. Se concede el beneficio de amnistía en todas las municipalidades del país hasta el 31 de Junio del 2024.(pág. 16-17)
-DECRETO No. 6-2024,- Reformar los artículos 1 y 1-B del Decreto Legislativo No. 42-2022 del 10 de mayo de 2022; publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 30 de Julio de 2022, reformado mediante los siguientes: Decreto Legislativo No.79-2022 del 3 de agosto de 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 4 de agosto de 2022; Decreto Legislativo No.137-2022 del 24 de noviembre de 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 28 de noviembre de 2022; y, mediante Decreto Legislativo No.39-2023 del 10 de junio de 2023, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 1 de junio del 2023. (pág. 18-20)
SECCIÓN ¨B¨
1.PODER JUDICIAL DE HONDURAS,-Invita a las empresas interesadas y debidamente autorizadas conforme a las Leyes de la República de Honduras, a presentar ofertas en sobre sellado para participar en el proceso de Licitación Pública Nacional No. 04-2023 para la “RENOVACIÓN DE EQUIPO Y SOFTWARE TECNOLÓGICO PARA AUDIENCIAS JUDICIALES Y VIRTUALES DEL PODER JUDICIAL DE HONDURAS”. (pág. 1)
2.JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSO
-AVISO,-Hace saber que en fecha diecisiete (17) de agosto de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el señor ELDER ARIEL RIVERA MADRID, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00927.- Demanda en Materia de personal en contra del Estado de Honduras a través de la Secretaría de Seguridad.- Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho consistente en el Acuerdo de Cancelación por Cesantía No.1407-2023 de 31 de julio de 2023.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada. (pág. 2)
-AVISO,-Hace saber que en fecha ocho (08) de septiembre del año dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado, las señoras Dunia Adalinda Pineda Sabillón y Liana Carolina Pérez Guardado, representadas por el Abogado Mario Guillermo Montes Montoya, interponiendo demanda ante este Juzgado, en Materia Personal, con orden de ingreso No.0801-2023-00849, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización . (pág.2)
-AVISO,-Hace saber que en fecha veintiocho (28) de septiembre de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el señor ENRIQUE HUMBERTO CARTAGENA DUARTE, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-01089.- Para que se declare la nulidad ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el acuerdo número 109-2023 de fecha ocho (08) de septiembre del dos mil veintitrés(2023) de cancelación por despido emitido por el Instituto Nacional de Migración, por no ser dictado conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad y quebramientos de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.(pág. 2)
-AVISO,-Hace saber que en fecha nueve (9) de febrero de dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el Abogado RICARDO ALFONSO RESTREPO NARANJO, en su condición de Apoderado Legal de los señores EDNA YANETH CARVAJAL MIRALDA, EMMA IZAGUIRRE CABALLERO, CARMEN MARÍA PINEDA CRUZ, GLADYS ISOLINA ALVARENGA MUÑOZ, MARCO TULIO RAMOS PEÑA, MIRZA LIZETH RUIZ CASTRO, MARCIO SEVILLA FLORES, DENIA MARÍA REYES GUZMÁN, NORMA YANETH TOME FRANCO, CESAR EDUARDO PONCE, ERIKA LEILA MOTIÑO MACEDO Y SILVIA GLORIA RECINOS RAMOS, interponiendo demanda en materia ordinaria con orden de ingreso 0801-2022-00064, contra el Estado de Honduras a través de LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD.(pág. 4)
-AVISO,-Hace saber que en fecha veintinueve (29) de marzo del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la señora Sandra Melissa Aguiriano Sánchez, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, con orden de ingreso No.0801-2022-00177, para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular en materia de personal consistente en el Acuerdo No. 019- SRH-2022, de fecha l4 de marzo del 2022, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional. (pág. 5)
-AVISO,-Hace saber que en fecha véintiuno de noviembre del año dos mil veintitrés, los Abogados Marvin Jhovany Arias Rodríguez y Jony Alexander Esquivel Dubon, actuando en su condición de apoderados judiciales del señor Sarbin Duval Herrera Chacon, interpuso demanda contra la Municipalidad de Ocotepeque, Ocotepeque; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 164-2023, con correlativo No. 0501-2023-00158-LAO, en este despacho; dicha demanda en materia ordinaria y tiene como finalidad que se declare la nulidad e ilegalidad de un Acto Administrativo, emitido por la Municipalidad de Ocotepeque, Ocotepeque, misma que se emitió víolentando el ordenamiento juridico a través del quebrantamiento de formalidades esenciales del procedimiento, el principio de legalidad y el debido proceso, contiendo para ello exceso y desviación de poder. (pág. 5)
-AVISO,- Hace saber que en fecha ocho (08) de junio del año dos mil veintitrés (2023), compareció la señora VILMA SUYAPA CERRATO LOPEZ interponiendo demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-00690, contra el Estado de Honduras, a través de la Dirección Nacional de Bienes Nacionales de la Secretaría de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social, incoando demanda especial en materia de personal. Para que se decrete la nulidad total de un acto administrativo de carácter particular, específicamente del acuerdo número DNBE No. 006-2023 de cancelación por cesantía, con fecha 29 de mayo del año 2023, en virtud haber sido dictado con infracción al ordenamiento jurídico y adicionalmente haber sido comunicado mediante notificación defectuosa.(pág. 7)
-AVISO,- Hace saber que en fecha once (11) de enero del dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado la Abogada DEYSI JANETH MEDINA TURCIOS, su condición de representante procesal de COMPRAVENTA LA AUXILIADORA, S.A., (COVELASA), incoando demanda en materia ordinaria. Con orden de ingreso número 0801-2024- 00013, contra el Estado de Honduras, a través de la UNIDAD MUNICIPAL DE AGUA POTABE Y SANEAMIENTO (UMAPS).(pág. 7)
3.SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS,-REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES (2) (pág. 3)
4.SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACION,- La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a la sociedad mercantil denominada AGENCIAS Y REPRESENTACIONES HONDUTEC, S.A. DE C.V., como REPRESENTANTE EXCLUSIVO de la empresa concedente OBERTHUR FIDUCIAIRE SAS, de nacionalidad francesa; por tiempo DEFINIDO, HASTA EL 16 DE OCTUBRE DE 2025, con jurisdicción en todo el territorio de la República de Honduras. (pág. 4)
5.INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR (IPM),-Invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. IPM-LPN-GC-2024-001, a presentar ofertas selladas para la “ADQUISICION DE LICENCIAS MICROSOFT 365”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios. (pág. 5)
6.REGISTRO DE MARCAS (35) (pág. 8-16)