RESUMEN DE GACETA MIÉRCOLES 21 DE JUNIO DEL 2023. NUM. 36,260
MIÉRCOLES 21 DE JUNIO DEL 2023. NUM. 36,260
SECCIÓN ¨A¨
1.Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente
-ACUERDO MINISTERIAL No. 322-2023,- Delegar en la ciudadana Graciela Isabel Reyes Orellana, Asesora Legal en Secretaría General, la facultad de firma en la siguiente documentación: Memorando de solicitud de apoyo y respuesta a otras Direcciones, pases de sólida, justificaciones, requerimiento y requisiciones de almacén. (pág. 1)
-ACUERDO MINISTERIAL No. 355-2023,- Dejar sin valor y efecto a partir de la fecha el Acuerdo Ministerial No. 322-2023 de fecha diecinueve (19) de enero de 2023, referente a la delegación de firma de la ciudadana Graciela Isabel Reyes Orellana. (pág. 2)
-ACUERDO MINISTERIAL No. 376-2023,- No se otorgarán licencias ambientales para la ejecución de proyectos, obras o actividades en aquellas áreas donde su cobertura vegetal boscosa ha sido afectada por incendios forestales tendiente al cambio de uso del suelo para el desarrollo de proyectos residenciales o de otra índole; esto con el objeto de contribuir en el combate a este flagelo y prevenir estos ilícitos ejecutados con fines de lucro en menoscabo del patrimonio forestal de la República y los más altos intereses de la sociedad. (pág. 3-4)
-ACUERDO No. 399-2023,- Delegar en el ciudadano JORGE EMILIO SALAVERRI HENRIQUEZ, Subsecretario de Recursos Naturales, las atribuciones correspondientes al Secretario de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente.(pág. 5)
2.Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT)
-ACUERDO MINISTERIAL No. 009-2023,- Cancelar al ciudadano ALCEO EFREN DELGADO FALCON, del Cargo de liquidador de Inversión Estratégica/MCC-Honduras (INVEST-H), a partir del treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintitrés (2023), al cual se le rinden las gracias por sus servicios prestados . (pág.6-8)
–ACUERDO MINISTERIAL No. 010-2023,- Nombrar a la ciudadana ANA PAOLA GARCÍA SANTOS, como liquidadora de Inversión Estratégica/MCC-Honduras (INVEST-H); la cual tendrá las facultades administrativas y de dirección delegadas en el presente Acuerdo Ejecutivo de conformidad a los establecido en el Decreto Ejecutivo PCM 05-2022 y el Decreto Ejecutivo PCM 11-2022, bajo los principios de legalidad, responsabilidad, eficiencia, racionalización, coordinación y simplificación, con amplios poderes de decisión para cancelar las obligaciones derivadas de las funciones administrativas y de personal que haya suscrito Inversión Estratégica/MCC[1]Honduras (INVEST-H), respetando los objetivos y alcances de los convenios de crédito y donaciones internacionales. Es entendido que, la liquidadora asumirá la representación legal de Inversión Estratégica/MCC-Honduras INVEST-H durante el proceso de liquidación”. establecido en el Decreto Ejecutivo PCM 05-2022 y el Decreto Ejecutivo PCM 11-2022, bajo los principios de legalidad, responsabilidad, eficiencia, racionalización, coordinación y simplificación, con amplios poderes de decisión para cancelar las obligaciones derivadas de las funciones administrativas y de personal que haya suscrito Inversión Estratégica/MCC[1]Honduras (INVEST-H), respetando los objetivos y alcances de los convenios de crédito y donaciones internacionales. Es entendido que, la liquidadora asumirá la representación legal de Inversión Estratégica/MCC-Honduras INVEST-H durante el proceso de liquidación”. (pág.8-12)
SECCIÓN ¨B¨
1.JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE LA SECCIÓN JUDICIAL, DE SAN PEDRO SULA,- CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TITULO VALOR (2)(pág. 1)
2.JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSO
-AVISO,-Hace saber que en fecha once (11) de noviembre del año dos mil veintidós (2022), se promovió la demanda por parte de la Señora TANIA ISABEL HERNANDEZ GUZMAN, interponiendo demanda contencioso administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2022-01832, contra el Estado de Honduras a través de de la AGENCIA HONDUREÑA DE AERONAUTICA CIVIL (AHAC), para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de no ser conforme a derecho, consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No, 124-2022, de fecha 31 de octubre del año 2022, emitido por la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil (AHAC), ente desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT). (pág. 1)
-AVISO,-Hace saber que en fecha 11 de abril del año 2023, compareció la Abogada GABRIELA SOFIA ESCALANTE MARADIAGA en su condición de representante procesal de la señora RITA MARIANELA BONILLA RAMOS, interponiendo demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-00464, contra el Estado de Honduras a través de la Administración Aduanera de Honduras, incoando demanda especial en materia de personal para la declaratoria de no ser conforme a derecho un acto administrativo y consecuentemente se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de las formalidades esenciales, exceso de poder y desviación de poder. (pág. 2)
-AVISO,-Hace saber que en fecha 07 de septiembre del año 2022, comparece la señora ERIKA ISZELA RODRIGUEZ AVILA, interpuso demanda ante este juzgado con orden de ingreso No .0801-2022-01233, contra el ESTADO DE HONDURAS A TRAVÉS DE LA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL CONTRA LA EXPLOTACIÓN SEXUAL, COMERCIAL Y LA TRATA DE PERSONAL, incoando demanda especial en materia de personal para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular, emitido por la Comisión Interinstitucional Contra la Explotación Sexual, Comercial y la Trata de Personas(CICESCT) consistente en un acuerdo de cancelación por no ser dictado conforme a derecho. (pág. 2)
-AVISO,-Hace saber que en fecha veintiséis (26) de abril del año dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el abogado GUILLERMO SAMIR PEÑA JIMENEZ, actuando en su condición de apoderado legal de la señora ANA LUISA ROMERO SALINAS, incoando demanda Contencioso Administrativo en materia de Personal, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de la Presidencia, con orden de ingreso número 0801-2023-00541, impugnado un acto expreso de carácter particular consistente en acuerdo de cancelación No. 040-A-SEP-2023, acto emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Presidencia, generando un acto ilegal y desapegado completamente a derecho por lo cual es nulo e ilegal, separando a una servidora totalmente de manera ilegal, desviación y exceso de poder. (pág. 2)
-AVISO,-Hace saber que en fecha seis (06) de enero del dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el Abogado Mario Roberto Servellón Ordoñez, en su condición de representante legal de la señora Wendy Maricela Murillo Sánchez, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, en contra del Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, con orden de ingreso No.0801-2023-00045, para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación por Cesantía Número STSS-827-2022 de fecha 12 de diciembre del 2022, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social. (pág. 3)
-AVISO,-Hace saber que en fecha veintisiete de abril del año dos mil veintitrés, el abogado Dennis Alejandro Orellana Reyes, actuando en su condición de apoderado judicial del señor David Otoniel Martinez Zelaya, interpuso demanda contra el Estado de Honduras por actos de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF); misma que se encuentra registrada bajo el número No. 59-2023, con correlativo No. 0501-2023-00057-LAP, en este despacho; dicha demanda en materia personal y tiene como finalidad que se declare la nulidad del acto administrativo consistente en el Acuerdo-031-2023. (pág. 11)
-AVISO,-Hace saber que en fecha uno de agosto del 2022, compareció a este Juzgado por 1as ciudadanas Christian Gabriela Riedell Calix, Shirley Fernanda Cardona Ayala y Crissalfania Gladiel Vásquez Álvarez por la vía del procedimiento especial en materia de personal, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en ACUERDOS DE CANCELACIÓN No. CTL 122-2022, CTL 252-2022 y CTL 249-2022 de fechas siete de julio del 2022, emitidos por la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Estado en los Despachos de Cultura, Artes y Deportes ahora Secretaría de Estado en los Despachos de Cultura, las Artes y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras. (pág. 6)
-AVISO,-Hace saber que en fecha nueve (09) de marzo de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el ciudadano BAYRON FABRICIO ALVAREZ SOLÓRZANO, quien confirió poder en la Abogada KENSY RAMONA ESCOBAR BANEGAS, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00348, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN, para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública consistente en el acuerdo No. 002-2023 de fecha 17 de febrero de 2023, emitido por el Instituto Nacional de Migración. (pág. 8)
-AVISO,-Hace saber que en fecha tres (03) de junio del dos mil veintidós (2022), compareció ante este juzgado el señor MILTON MATEO MONTALVAN MEJIA, incoando demanda Contenciosa Administrativa vía procedimiento especial en materia de personal con orden de ingreso número 0801-2022-00493, en contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho. (pág. 9)
3.JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE,- TITULO SUPLETORIO (pág. 3)
4.JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN,- REPOSICIÓN Y CANCELACION DE TITULO VALOR (4) (pág. 4) (pág. 7) (pág. 8)
5.SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS,-REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES (pág. 5)
6.JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE LA CEIBA,-MUERTE POR PRESUNCIÓN. (pág. 6)
7.BANCO CENTRAL DE HONDURAS (BCH),-Comunica a las empresas que retiraron el Pliego de Condiciones del Concurso Público No.01/2023, para la contratación de una firma auditora externa, debidamente inscrita en el Registro de Auditores Externos (RAE) de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), para que dictamine y emita opinión sobre la razonabilidad del juego completo de los estados financieros del Banco Central de Honduras (BCH) con cifras al 31 de diciembre de 2023, comparativo con los correspondientes al 31 de diciembre de 2022, considerar en los Términos de Referencia los aspectos siguientes: Las ofertas deberán tener una validez mínima de ciento veinte (120) días hábiles, contados a partir de la fecha de su recepción, indicada en el aviso de concurso, es decir del 15 de junio de 2023 al 7 de diciembre de 2023. (pág. 9)
8.REGISTRO DE MARCAS (39) (pág. 10-20)