RESUMEN DE GACETA SÁBADO 24 DE SEPTIEMBRE DEL 2022. NUM. 36,036
SÁBADO 24 DE SEPTIEMBRE DEL 2022. NUM. 36,036
SECCIÓN ¨A¨
1.Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 24-2022,-Declarar estado de emergencia en todo el territorio nacional por el período de noventa (90) días que se estima durará la temporada ciclónica en los dieciocho (18) departamentos del país, con la finalidad de responder de forma inmediata y oportuna, ante la grave situación y los riesgos que enfrentan miles de familias en el territorio nacional, como consecuencia de las torrenciales lluvias, inundaciones y derrumbes en carreteras, puentes, viviendas y otras obras de infraestructura social. (pág. 1-8)
SECCIÓN¨B¨
1.JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
-AVISO,-Hace saber que en fecha catorce (14) de enero del año dos mil veintiuno (2021), compareció ante este juzgado la señora ILEANA RAQUEL MARTINEZ AROCA, incoando demanda Contenciosa Administrativa vía Procedimiento Especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801- 2021-00064, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD, para que se declare la ilegalidad y nulidad de unos actos administrativos emitidos por la secretaria de seguridad de carácter particular por no estar ajustado a derecho, habiendo infringido el ordenamiento jurídico, al haberse quebrantado las formalidades esenciales del procedimiento administrativo y haberse actuado e incurrido en exceso y desviación de poder al haber una notificación defectuosa, dejar sin valor y efecto la Resolución SEDS0793-2020 de fecha 31 de agosto de 2020 y Resolución No.0924-2020 de fecha 22 de septiembre de 2020. (pág. 1)
-AVISO,-Hace saber que en fecha veintisiete (27) de enero de dos mil veintiuno (2021), compareció ante este Juzgado la Abogada Gladys Ondina Matamoros Arias, en su condición de apoderada legal del señor Rafael Deras Tejada, interponiendo demanda ordinaria a la cual se le asignó la orden de ingreso número 0801-2021-00120 contra la Secretaria de Seguridad, para que se reconozca mediante sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo y decrete haber operado afirmativa ficta que tiene carácter de eficaz y ha producido todos los efectos legales de la resolución favorable que se pidió. (pág. 2)
-AVISO,-Hace saber que en fecha catorce (14) de enero de dos mil veintiuno (2021), compareció a este Juzgado del señor FREDY LEONEL MURILLO, quien confirió poder al Abogado JOSE ELIAS OSORTO CHEVEZ, interponiendo demanda de personal contencioso administrativo con orden de ingreso 0801- 2021-00065, J.5, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD; para que se declare la ilegalidad y nulidad de un Acto Administrativo emitidos por la Secretaría de Seguridad de carácter particular por no estar ajustado a Derecho, habiendo infringido el ordenamiento jurídico, al haberse quebrantado las formalidades esenciales del procedimiento administrativo y haberse actuado e incurrido en exceso y desviación de poder al haber emitido una notificación defectuosa, dejar sin valor y efecto la resolución administrativa No. SEDS-794-2020, de fecha treinta y uno de agosto de dos mil veinte, y resolución SEDS-0923-2020.(pág. 2)
-AVISO,-Hace saber que en fecha ocho (08) de agosto de dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la abogada MARCELA AYES CALLEJAS, en su condición de representante legal de la señora DIANA MARGARITA MEJIA ESPINOZA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801- 2022-00942, J.5, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL, para que se declare la nulidad de un acto administrativo en materia de personal consistente en Acuerdo de Cancelación No. CTL-1275-2022 de fecha cinco (05) de julio de dos mil veintidós (2022), emitido por la COMISIÓN TECNICA LIQUIDADORA. (pág. 4)
2.SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO,-La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia de DISTRIBUIDOR a la Sociedad Mercantil PROMOCIÓN MÉDICA HONDURAS, S.A. DE C.V., como Concesionaria de la empresa Concedente FRESENIUS MEDICAL CABE PANAMÁ, S.A., de nacionalidad panameña, de forma NO EXCLUSIVA; POR TIEMPO DEFINIDO hasta el 13 de diciembre del año 2024; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS. (pág. 2)
3.SOCIEDAD T & J GROWER S.A. DE C.V.,-Convoca a los socios de dicha sociedad, a una Asamblea General Extraordinaria de accionistas, para el día 04 de octubre del año 2022, a las 10:30 am; a realizarse en las instalaciones de la sociedad, ubicada en la colonia las mercedes, bloque “M” casa # 5, cuya agenda a tratarse será la siguiente: I comprobación del Quorum; II Lista asistencia accionistas ; III Punto único a tratar, Disolución y liquidación de la sociedad; IV Nombramiento de ejecutor de los acuerdos tomados en la asamblea; V Cierre de Sesión. (pág. 3)
4.JUZGADO DE LETRAS DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN,-SOLICITUD DE ADOPCIÓN DE UN MENOR (2) (pág. 3)
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