RESUMEN DE GACETA VIERNES 19 DE JULIO DEL 2024. NUM. 36,590
VIERNES 19 DE JULIO DEL 2024. NUM. 36,590
SECCIÓN ¨A¨
- Poder Legislativo
- DECRETO No. 64-2024,- Se redefinen, reconocen y consolidan los límites del PARQUE NACIONAL PICO BONITO (PNPB) con el objetivo de integrar en la zona núcleo áreas de importancia para la conservación que responden a los límites naturales. La superficie total del Parque Nacional Pico Bonito (PNPB) es de CIENTO SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PUNTO SEIS HECTÁREAS (106,686.6 Ha.), de las que CINCUENTA Y TRES MIL OCHENTA Y DOS PUNTO TRES (53,082.3 Ha.), corresponden a la ZONA NÚCLEO, y CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTAS CUATRO PUNTO TRES (53,604.3 Ha.) corresponden a la ZONA DE AMORTIGUAMIENTO. (pág. 1-19)
- DECRETO No. 130-2022,- Decretar el UNO (1) DE AGOSTO DÍA DE LA POBLACIÓN NEGRA AFRO DESCENDIENTE DE HABLA INGLÉS EN HONDURAS, y que el resto del mes de Agosto sea utilizado para la celebración de actividades culturales, danzas, gastronomía, costumbres y otras tradiciones de este grupo originario danzas, gastronomía, costumbres y otras tradiciones de este grupo originario. (pág. 20-21)
- Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico ACUERDO MINISTERIAL No. 089-2024,- Firma y sello autorizados por la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico para extender las licencias de importación de cebolla, a las siguientes ciudadanas, de conformidad al Acuerdo Ministerial No. 071-2024 (pág. 22-23)
SECCION ¨B,-
- INTITUTO DE LA PROPIEDAD
- CERTIFICACION,- Declarar SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado ARTURO ZACAPA en su condición de apoderado de la sociedad denominada COMERCIO Y EXPORTACIONES S.A. DE C. V., contra la Resolución N° 2023-744 de fecha 22 de diciembre de 2023, recaída en la acción de solicitud de Cancelación de la Marca de Fábrica “ROLAND Y DISEÑO”, registrada a favor de la sociedad COMERCIO Y EXPORTACIONES S.A. DE C.V., para proteger productos ubicados en la Clase internacional 02, por considerar que: como resultado de una apreciación en su conjunto de las pruebas contenidas en el expediente de mérito y de acuerdo a las reglas de la sana crítica, el titular registral de dicha marca no ha logrado probar de forma plena, fehaciente e irrefutable el uso o exteriorización material inmediata del signo marcario “ROLAND Y DISEÑO” en los términos dispuestos en el artículo 81 de la Ley de Propiedad Industrial durante el período establecido en el artículo 106 o bien el amparo bajo las circunstancias dispuestas en dicho artículo en relación con el artículo 107 de la misma ley. (pág. 1)
- AVISO,- A todos los vecinos tenedores(as) de tierras comprendidas en los asentamientos humanos que se detallan a continuación al proceso de VISTA PÚBLICA ADMINISTRATIVA CATASTRAL, con el propósito de que los propietarios o poseedores de inmuebles en dicho asentamiento se presenten en un período dentro de 30 días calendario a verificar la información catastral existente y solicitan la corrección de errores u omisiones en que se hubiera incurrido: Aldea el Rodeo Francisco Morazán . (pág. 10-11)
- JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
- AVISO,-Hace saber que en fecha veinticuatro (24) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este el Abogado JOSE ANTONIO MEJIA CORLETO Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil CABLE COLOR, S.A. DE C.V., contra la Alcaldía Municipal de Cantarranas, con orden de ingreso 0801-2023-00190, incoando demanda contencioso administrativa en materia ordinaria contencioso administrativa, para que se declare la anulación del acto administrativo contentivo en el plan de arbitrios municipal del año fiscal 2023, de la municipalidad de cantarranas, específicamente del artículo 89, servicios municipales cobro por postes y tendido de cables, del referido plan de arbitrios. (pág. 1)
- AVISO,-Hace saber que en fecha tres (3) de mayo del año dos mil veintitrés, compareció a este Juzgado el Abogado JOSE ANTONIO MEJIA CORLETO, quien actúa en condición de representante procesal de la Sociedad Mercantil denominada GLOBALNET, S.A. DE C.V., incoando demanda ordinaria con orden de ingreso número 0801-2023-00567, contra el Estado de Honduras a través de La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) .(pág. 2)
- AVISO,-Hace saber que en fecha veintitrés (23) de febrero del año dos mil veintitrés (2023), interpuso demanda ante este Juzgado el Abogado José Antonio Mejía Corleto, Representante Procesal de la Sociedad Mercantil denominada Inversiones y Soluciones Generales, S.A. de C.V., con orden de ingreso número 0801-2023-00311, contra el Estado de Honduras, incoando demanda Ordinaria Contencioso Administrativa para que se declare la anulación del acto administrativo contenido en el párrafo segundo del artículo 24 del presupuesto general de ingresos y egresos de la República para el ejercicio fiscal 2023, por no ser conforme a derecho .(pág. 2)
- AVISO,-Hace saber que en fecha veinticuatro (24) de enero del dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el Abogado JOSE ANTONIO MEJIA CORLETO, actuando en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil Denominada CABLE COLOR S.A de C.V., en su condición de representante procesal de la Sociedad Mercantil Denominada CABLE COLOR S.A de C.V., incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Materia Ordinaria con orden de ingreso número 0801-2023-00185, contra el Estado de Honduras, a través de la COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (CONATEL).(pág4. )
- AVISO,-Hace saber que en fecha veinticuatro (24) de enero del año dos mil veintitrés, compareció a este Juzgado JOSE ANTONIO MEJIA CORLETO, quien actúa en condición de representante procesal de la Sociedad Mercantil CABLE COLOR S.A. de C.V., incoando demanda ordinaria con orden de ingreso número 0801-2023-00186, contra el Estado de Honduras, a través de la Municipalidad de Choluteca (pág. 4)
- AVISO,-Hace saber que en fecha veintitrés (23) de enero del año dos mil veintitrés, compareció a este Juzgado el JOSE ANTONIO MEJIA CORLETO, quien actúa en condición de representante procesal de la sociedad CABLE COLOR S.A. de C.V., incoando demanda ordinaria con orden de ingreso número 0801-2023-00162, contra el Estado de Honduras a través de la Municipalidad de Catacamas.- “Para que se declare la anulación del acto administrativo contenido en el plan de arbitrios Municipal del año fiscal 2023 de la municipalidad de Catacamas, específicamente del Título III, capítulo XIII, sección “C”, del mencionado plan de arbitrios. (pág. 4)
- JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN,- TÍTULO SUPLETORIO (pág.3 )
- COLEGIO MÉDICO DE HONDURAS CERTIFICACIÓN,- Reformar en su redacción los artículos 1,2,3, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 11,12, 13, 15 y 16, adicionar el artículo 4.B y el inciso b) del artículo 10 y derogar el artículo 14 del Reglamento de Fondo de Ayuda a Médicos Pensionados.(pág. 5-9)
- REGISTRO DE MARCAS (97) (pág. 12-36)