RESUMEN DE GACETA VIERNES 9 DE FEBRERO DEL 2024 NUM. 36,456
VIERNES 9 DE FEBRERO DEL 2024 NUM. 36,456
SECCIÓN ¨A¨
1.Consejo Nacional Supervisor de Cooperativas CONSUCOOP CERTIFICACIÓN, ACUERDO No. J.D. 001-16-11-2023,- N O R M A S P A R A L A C O N T R A T A C I Ó N Y REGISTRO DE AUDITORES EXTERNOS, PARA LAS COOPERATIVAS DE OTROS SUBSECTORES, INCLUYENDO LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO Y MIXTAS CON ACTIVIDAD PRINCIPAL EL AHORRO Y CRÉDITO CON ACTIVOS MENORES A UN MILLÓN DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 1,000,000.00). (pág. 1-24)
SECCIÓN ¨B¨
1.JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSO
-AVISO,-Hace saber que en fecha catorce de agosto del año dos mil veintitrés, la señora Estefany Raquel Pineda Maldonado, en su condición personal, interpuso demanda contra el Estado de Honduras, por actos del Instituto de la Propiedad; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 119-2023, con correlativo No. 0501-2023-00113-LAP, en este despacho; dicha, demanda en materia personal y tiene como finalidad que se declare no ser conforme a derecho y se anule un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación número SE-IP-345-2023 de fecha once de julio del año dos mil veintitrés (2023), emitido por el Instituto. de la Propiedad. (pág. 1)
-AVISO,-Hace saber que en fecha quince de agosto del año dos mil veintitrés, la Abogada Edna Patricia Gonzalez Castro, actuando en su condición de apoderada judicial de la señora Jenny Sarahí Claros Ramirez, interpuso demanda contra el Estado de Honduras, por actos del Instituto de la Propiedad; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 121-2023, con correlativo No. 0501-2023-00115-LAP, en este despacho; dicha demanda en materia personal y tiene como finalidad que se declare no ser conforme a derecho y se anule un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación número SE-IP-341-2023 de fecha once de julio del año dos mil veintitrés (2023), emitido por el Instituto de la Propiedad. (pág.1)
-AVISO,-Hace saber que en fecha trece (13) de octubre del año dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la Abogada NANCY DEL CARMEN MIRA COLINDRES, en su condición de apoderada legal del señor RIGOBERTO GALLEGOS VELASQUEZ, interponiendo demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801- 2023-01113, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud.(pág. 2)
-AVISO,-Hace saber que en fecha nueve (09) de agosto de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la Abogada KARLA YADIRA PAREDES ORTEGA, apoderado legal de la señora KATYA YADIRA MARTINEZ MANZANARES, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00900.- Demanda en Materia de personal en contra del Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización.(pág. 2)
-AVISO,-Hace saber que en fecha ocho (08) de noviembre del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la señora KATHERINE NICOLE AGUILAR BANEGAS incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2023-01212, contra el Estado de Honduras, a través de la ADMINISTRACION ADUANERA DE HONDURAS. (pág. 5)
-AVISO,-Hace saber que en fecha 04 de agosto del año 2022 comparece la señora Ibin Nichol Durón Espinal, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2022-00850, contra el Estado de Honduras a través la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional. (pág. 5)
-AVISO,- Hace saber que en fecha veintiocho (28) de marzo del año dos mil veintitrés (2023), se promovió la demanda por parte de la Abogada NILDA MARISSA MERCADO VALLADARES, actuando en su condición de Representante Procesal de la señora VANIA MELISSA RIERA GARCIA, interponiendo demanda contencioso administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2023-00427, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL,.(pág. 6)
-AVISO,- Hace saber que en fecha a siete (07) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la señora Alba Isolina Castro Sánchez, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Administración Aduanera de Honduras, con orden de ingreso No. 0801-2023-01205, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal, consistente en el Acuerdo de Cancelación Número ADUANAS-DE-GNGTH-229-2023, de fecha 18 de octubre de 2023, emitido por la Administración Aduanera de Honduras.(pág. 7)
-AVISO,- Hace saber que en fecha veintiocho (28) de abril del año dos mil veintitrés (2023), comparecieron ante este Juzgado la Abogada Bárbara Reyes Salinas, en su condición de representante legal de la señora Diana Lizeth Varela Cruz, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través del Congreso Nacional de Honduras, con orden de ingreso No.0801-2023- 00559, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo No. CAN-CN60-2023-GRH, de fecha 31 de marzo del 2023, emitido por el Congreso Nacional de Honduras.(pág. 8)
-AVISO,- Hace saber que en fecha veinticinco (25) de mayo del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la Abogada BARBARA REYES SALINAS, en su condición de representante procesal de la señora KEILA DERLIN OSEGUERA SOLANO, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2023-00650, contra el Estado de Honduras, a través de la ADMINISTRACION ADUANERA DE HONDURAS. (pág. 8)
-AVISO,- Hace saber que en fecha veinticinco (25) de agosto de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la Abogada BÁRBARA REYES SALINAS, en su condición de Representante Procesal de los señores CARLOS ENRIQUE SUAZO BARAHONA Y JASSON RICARDO LANZA MARTÍNEZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00957, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD. (pág. 8)
-AVISO,- Hace saber que en fecha doce de junio del año dos mil veintitrés, la señora Paola Catalina Ramos Benítez, en su condición personal, interpuso demanda contra el Estado de Honduras por actos del Instituto de la Propiedad; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 80-2023, con correlativo No. 0501-2023-00077-LAP, en este despacho; dicha demanda en materia personal y tiene como finalidad que se declare no ser conforme a derecho y se anule un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación Nº SE-IP-166-2023 de fecha veintinueve de mayo del año dos mil veintitrés (2023), emitido por la Secretaria Ejecutiva del Instituto de la Propiedad.(pág. 9)
-AVISO,- Hace saber que en fecha 06 de septiembre del año 2023, compareció el abogado WILMER GEOVANY DIAZ QUINTANILLA, en su condición de apoderado del señor JOSE ROLANDO CANO AMADOR, interponiendo demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-00997, contra el Estado de Honduras a través de la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA), incoando demanda especial en materia de personal .(pág. 9)
-AVISO,- Hace saber que en fecha veintiuno (21) de septiembre de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el abogado GILBERTO LEZAMA TORO, en su condición de Apoderado Legal de la señora ANA MARGOTH VALLADARES GUEVARA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-01037, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE CULTURA, ARTES Y PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS (SECAPPH).(pág. 10)
-AVISO,- Hace saber que en fecha veintiuno (21) de octubre del año dos mil veintidós (2022), interpuso demanda ante este Juzgado la Abogada Barbara Reyes Salinas, Representante Procesal del señor Marlon Alberto Barahona Torres, con orden de ingreso número 0801-2022-01696, contra el Instituto de la Propiedad (IP), incoando demanda de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación DGRV[1]IP-312-2022 por no ser conforme a derecho.(pág. 10)
2.JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL DE LA ENTRADA COPAN,- TITULO SUPLETORIO (2) (pág. 3) (pág. 5)
3.SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS,-REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES (2) (pág. 4)
4.SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACION,- : La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente LICENCIA DE DISTRIBUIDOR a la sociedad mercantil DROGUERIA KARNEL, S.A., como concesionaria de la empresa concedente LABORATORIOS KARNEL, S. DE R.L., para DISTRIBUIR en forma NO EXCLUSIVA, por tiempo INDEFINIDO, con jurisdicción en LA ZONA CENTRO SUR DEL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS. (pág. 6)
5.JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL DE CHOLUTECA
–TITULO SUPLETORIO (pág. 7)
–CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE UN CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO (pág. 15)
6.REGISTRO DE MARCAS (83) (pág. 10-32)
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