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COMUNICADO C-ARSA-001-V1,-Licencia Sanitaria para Bodega
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28 enero, 2024
A los propietarios y representantes legales de Droguerías, Laboratorios y Distribuidoras de Productos Farmacéuticos y Otros Productos del Ramo de Interés Sanitario que, a partir de la fecha, todos los establecimientos con bodegaje fuera de sus instalaciones principales, deberán solicitar "Licencia Sanitaria para Bodega" con autorización para almacenar y distribuir.
La misma, deberá solicitarse conforme a los requisitos establecidos en el Artículo 44 del Reglamento para el Control Sanitario de Productos
Farmacéuticos y Otros Productos del Ramo de Interés Sanitario.