CREE — Acuerdo CREE-68-2026
- # de Publicación [acf_links_enlace]
- Fecha de Publicación [acf_links_fecha]
- Descargas 0
- Tamaño del archivo 0.00 KB
- Recuento de archivos 1
- Fecha de ingreso
18 agosto, 2026 - Categorias
todos los documentos recientes
La CREE modificó el artículo 68 del Reglamento del Servicio Eléctrico de Distribución para regular la corrección de errores de lectura o facturación cometidos por las Empresas Distribuidoras. Cuando el cobro de menos se detecte y deba recuperarse, el reintegro se limita a un máximo de seis meses previos y debe prorratearse en cuotas mensuales iguales, en un plazo mínimo igual a la cantidad de meses del error, sin intereses moratorios ni recargos, para evitar que el ajuste se concentre en una sola factura y afecte la capacidad de pago del usuario. Relevante para empresas distribuidoras de energía eléctrica y grandes consumidores industriales y comerciales.
