RESOLUCIÓN No.129-3/2025.-
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5 mayo, 2025
Mantener los montos de los capitales mínimos de las
instituciones de seguros y reaseguros autorizados mediante
la Resolución No.226-5/2022 del 12 de mayo de 2022 sobre
los grupos establecidos en los artículos 3 y 8 de la Ley de
Instituciones de Seguros y Reaseguros, de la manera siguiente:
a) Instituciones de Seguros del Primer Grupo: Noventa
millones de Lempiras (L90.0 millones).
b) Instituciones de Seguros del Segundo Grupo: Noventa
millones de Lempiras (L90.0 millones).
c) Instituciones de Seguros del Tercer Grupo: Ciento
ochenta millones de Lempiras (L180.0 millones).
d) Instituciones Reaseguradoras o Reafianzadoras:
Doscientos cuarenta millones de Lempiras (L240.0
millones).