RESUMEN DE GACETA MARTES 29 DE NOVIEMBRE DEL 2023. NUM. 36,396
MARTES 29 DE NOVIEMBRE DEL 2023. NUM. 36,396
SECCIÓN ¨A¨
1.Consejo Nacional Supervisor de Cooperativas CONSUCOOP
-ACUERDO NÚMERO J.D. 001-15-06-2023,- Reformar parcialmente los artículos 7, 12, 33 y 47 de las NORMAS PARA LA ADMINISTRACION DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION Y COMUNICACIONES (TIC) PARA LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO (CAC´s), aprobadas mediante el Acuerdo Número 002-15-12-2022 emitido por esta Junta Directiva del Consejo Nacional Supervisor de Cooperativas (CONSUCOOP). (pág. 1-5)
-ACUERDO NÚMERO J.D. 001-16-03-2023,- Reformar el literal f) “información periódica” del inciso C) “INSTRUCCIONES GENERALES” del acuerdo 1 del Manual Contable para las Cooperativas de Ahorro y Crédito, contenido en el Acuerdo No. 002-03/05/2016. (pág. 6-8)
SECCIÓN ¨B¨
1.SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA CERTIFICACIÓN SG-SAG-049-2023,- SOLICITUD DE LIQUIDACIÓN Y DISOLUCIÓN DE LA EMPRESA ASOCIATIVA DE CAMPESINOS DE PRODUCCIÓN “TRABAJO Y PAZ”, POR ACUERDO DE LOS SOCIOS.- SE NOMBRA COMO LIQUIDADOR EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA ANTES MENCIONADA, AL SECRETARIO.- SE SOLICITA LA AUTORIZACIÓN DE DESMEMBRAMIENTO DE 3 DOMINIOS PLENOS OTORGADOS A DICHA EMPRESA, presentada en fecha once (11) de marzo del dos mil veinte (2020), ante la Regional Agraria para la Zona Central de Comayagua adscrita al Instituto Nacional Agrario (INA). (pág. 1-2)
2.JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSO
-AVISO,-Hace saber que en fecha diecinueve de octubre del año dos mil veintitrés el Abogado Dolin Enrique Quezada Laínez.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2023-00145.- LAO y número asignado por el Juzgado 151-2023-S.P.S. Contra el Estado de Honduras representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por actos de la Secretaría de Estado en los Despacho de Desarrollo Económico Protección al Consumidor. pág. 3)
-AVISO,-Hace saber que en fecha seis (06) de junio de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el ciudadano MANUEL DE JESÚS NUÑEZ CASTELLANOS, quien confiere poder en el Abogado JESÚS SALGADO LUQUE, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00685, contra LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE DANLÍ. (pág. 3)
-AVISO,-Hace saber que en fecha 07 de marzo de 2019, la señora Rina Esmeralda Cárcamo Ferrufino, interpuso demanda ante este Juzgado, con orden de ingreso No..110-19, contra la Secretaría de Estado en los Despachos de Educación, pidiendo la nulidad de un acto administrativo de carácter particular contenido en la Resolución número 0045-SE-2018 por no ser conforme a derecho. (pág.3)
-AVISO,-Hace saber que en fecha veintidós (22) de agosto del año dos mil veintitrés (2023), se promovió la demanda por parte del señor KEVIN ALBERTO CASTRO RODRIGUEZ, interponiendo demanda Contencioso Administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2023-00947, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA. (pág. 4)
-AVISO,-Hace saber que en fecha catorce (14) de diciembre de dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado la ciudadana CECILIA MARÍA MORENO SUAZO, quien confirió poder a los abogados MERCEDES MARIBEL VARELA MEJIA y FERNANDO GONZALEZ RIVERA, interponiendo demanda en materia de personal a la que se le asignó la orden de ingreso número 0801-2022-01982 J-5, contra la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo en materia de personal consistente en el acuerdo de cancelación número 711-SRH 2022, de fecha uno (1) de diciembre de dos mil veintidós (2022), emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional .(pág. 4)
-AVISO,-Hace saber que en veinticuatro (24) de octubre del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este juzgado el Abogado Cristian Gerardo Medina Sevilla, en su condición de representante procesal de la señora Wuendy Maricela Maradiaga Ávila, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, con orden de ingreso No. 0801-2023-01141, para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el ACUERDO No. 651-2023 de fecha nueve (09) de octubre del dos mil veintitrés (2023), efectivo a partir del trece (13) de octubre del dos mil veintitrés (2023) de cancelación por cesantía emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, justicia y Descentralización.(pág. 5)
-AVISO,-Hace saber que en fecha diez (10) de marzo del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado las señoras Ennyi Dariela Salgado Mendieta y Geraldina Judith Maldonado Lagos, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, con orden de ingreso No.0801-2023-00352, para la nulidad de unos actos administrativos consistentes en los Acuerdos No. 237-2023 y 238-2023, ambos de fecha 24 de febrero del 2023, emitidos por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. (pág. 7)
-AVISO,- Hace saber que en fecha veintiséis (26) de abril del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la señora Alexia Sofía Bonilla Zavala, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, con orden de ingreso No.0801-2023-00535, para que se declare no ser conforme a derecho un acto administrativo de carácter particular en materia de personal, consistente en el ACUERDO No. STSS-138- 2023, de fecha 30 de marzo del 2023, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social.(pág. 7)
-AVISO,- Hace saber que en fecha veintidós (22) de septiembre de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado los señores ADAN STEVEN MENJIVAR RIVERA Y ALMA LUZ AMAYA AMAYA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-01043.- Demanda en Materia de personal en contra del Estado de Honduras a través del Servicio de Administración de Rentas.- Se interpone demanda especial en materia de personal para que se declare la nulidad e ilegalidad de actos administrativos de carácter particular consistentes en: 1) Acuerdo SAR-N0.437-23 de fecha siete (07) de septiembre de dos mil veintitrés (2023) de cancelación por cesantía del ciudadano ADAN STEVEN MENJIVAR RIVERA; y, 2) Acuerdo SAR-N0.438-2023 de fecha siete (07) de septiembre de dos mil veintitrés (2023) de cancelación por cesantía de la ciudadana ALMA LUZ AMAYA AMAYA; ambos emitidos por el Servicio de Administración de Rentas (SAR) e infringir el ordenamiento jurídico, ser emitidos con quebramiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.(pág. 7)
3.SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
-CERTIFICACION,- DECLARAR CON LUGAR la solicitud de LICENCIA DE DISTRIBUIDOR de forma EXCLUSIVA y POR TIEMPO DEFINIDO hasta el 24 de abril del año 2029 a favor de la sociedad mercantil denominada SPIRIT WINE GROUP HONDURAS, S.A. DE C.V., para la distribución de la marca Tequila Corralejo en todas sus presentaciones, con jurisdicción en el territorio de Honduras, otorgada por la empresa concedente FRATERNITY SPIRITS WORLD/ TEQUILA CORRALEJO, de nacionalidad mexicana, en virtud que cumple y reúne todos los requisitos establecidos en la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes, de Empresas Nacionales y Extranjeras y su Reglamento. SEGUNDO: Conceder a la sociedad mercantil denominada SPIRIT WINE GROUP HONDURAS, S.A. DE C.V., la LICENCIA DE DISTRIBUIDOR como concesionaria de la empresa concedente FRATERNITY SPIRITS WORLD/ TEQUILA CORRALEJO, de nacionalidad mexicana, de forma EXCLUSIVA por tiempo DEFINIDO hasta el 24 de abril del año 2029, con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS. (pág. 5)
-CERTIFICACION,-La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia de DISTRIBUIDOR a la sociedad mercantil INEQ MEDICA S. DE R.L. DE C.V., antes conocida como INVERSIONES Y EQUIPOS S. DE R.L. DE C.V. (INEQ S.DE R.L. DE C.V.) como DISTRIBUIDOR de la empresa concedente NEUSOFT MEDICAL SYSTEMS CO., LTD., de nacionalidad china de forma EXCLUSIVA; por tiempo DEFINIDO hasta el 01 de marzo del 2024, quedando autorizada para la distribución en el mercado de Honduras los productos de marca Neusoft. CON JURISDICCIÓN EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS. (pág. 25)
4.SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS,-REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES (2) (pág. 6)
5.REGISTRO DE MARCAS (78) (pág. 8-28)
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